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El investigador autorizado deberá ingresar los datos de anillamiento en la página del Sistema Nacional de Anillamiento de Aves, para lo cual se le asignará una cuenta y una clave. Una vez concluidas las actividades de terreno, el titular de esta Resolución que autorizo la captura y anillamiento, deberá ingresar los datos obtenidos durante las actividades de anillamiento en la página del Sistema Nacional de Anillamiento de Aves (www.snaa.cl). Y, el investigador deberá dar aviso a la División de Protección de Recursos Naturales Renovables al siguiente correo electrónico snaa@sag.gob.cl

Los plazos para hacer el ingreso de los datos de captura y anillamiento en el sistema, son indicados en la Resolución de autorización que se emite a nombre del investigador.

Para bajar el formato e imprimir el formulario de Anillamiento pinche aquí.

Para acceder a las instrucciones para llenar el formulario de anillamiento pinche aquí:



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