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                       Preguntas Frecuentes 
                      
                          ¿Qué es el anillamiento?
                       
                      
                          El anillamiento de aves es una actividad realizada por los ornitólogos para investigar diferentes aspectos biológicos y ecológicos de las aves.
                           
                           
                          Consiste en marcar a las aves mediante un anillo metálico en la pata, el cual tiene un código único, lo que permite individualizarlos.
                           
                           
                          Gracias al anillamiento se puede obtener información sobre los movimientos migratorios experimentados por las aves. La captura y marcaje de los individuos
                          facilita los estudios sobre uso de hábitat, longevidad y aporta una serie de datos que sólo pueden ser obtenidos mediante la captura, como por ejemplo 
                          medidas corporales (largo total, largo de cola, largo de ala, etc.), patrones de muda, condición corporal, estado reproductivo, determinación de sexo,
                          presencia de parásitos externos, entre otros. 
                           
                           
                       
                      
                          
                          
                          ¿Cuáles son los requisitos para solicitar  permiso de captura y anillamiento?
                          
                           
                           
                           Para obtener permiso para anillar aves  usted debe estar capacitado para realizar esta actividad. 
                          Usted debe llenar el 
                            
                                
                                    “formulario de solicitud de captura de animales de especies protegidas de la fauna silvestre con fines de investigación”
                                
                            
                              y el 
                            
                                “formulario de solicitud de anillos”
                             y adjuntar:
                       
                      
                          
                              1. Proyecto de investigación científica que justifique el anillamiento de aves, en donde se detalle al menos lo siguiente: 
                              (a) descripción del proyecto (introducción, objetivos, instalaciones, etc.), 
                              (b) especie, sexo y número de ejemplares a capturar, 
                              (c) metodologías de captura y manejo, 
                              (d) uso de marcas auxiliares (tipo, códigos, etc.), 
                              (e) lugar de captura y destino de los animales, 
                              (f) cronograma de actividades y periodo por el que solicita el permiso, 
                              (g) condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio y 
                              (h) estado de las poblaciones a intervenir.
                           
                       
                      
                          Nota: si usted va a utilizar marcas auxiliares debe solicitarlo expresamente en su solicitud, 
                          de lo contrario usted no estará autorizado para utilizarlas.
                       
                      
                          
                              2. Currículo de los investigadores que realizarán las labores de captura, manipulación y anillamiento de aves
                           
                       
                      
                          Los documentos deberán ser presentados en Oficina de Partes del SAG central, en Paseo Bulnes 140,
                          Santiago o enviado directamente vía correo electrónico a Oficina de Partes (oficina.partes@sag.gob.cl)
                          en formato Word o PDF que no superen los 10 MB.
                           
                          El tiempo de tramitación del permiso es 30 días hábiles. Recuerde que usted deberá contar con la autorización del dueño del predio donde realizará las labores de captura.
                           
                           
                          Si usted trabajará en un área protegida del SNASPE debe solicitar autorización de la Corporación Nacional Forestal.
                       
                      
                      
                             
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